Datos de la subvención
01/09/2022 a 15/09/2022
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas, los autónomos (empresarios individuales) y las sociedades Mercantiles.
Ayuntamiento de Gijón
Finalidad
La finalidad de estos incentivos es el impulso y apoyo a la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de proyectos que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del municipio de Gijón, para el desarrollo de actuaciones que permitan alcanzar progresivamente los objetivos estratégicos establecidos en materia de promoción económica e innovación, y ser el elemento facilitador que desarrolle y atraiga talento y contribuya a la dinamización de la actividad económica local, como base del crecimiento previsto para Gijón, un crecimiento inteligente, sostenible y saludable, así como un efecto potenciador del bienestar social.
Plazos de presentación
Desde 01/09/2022 00:00 hasta 15/09/2022 00:00
Órgano gestor
Ayuntamiento de Gijón
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Información adicional
Requisitos:
Las personas físicas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Estar empadronadas en Gijón.
- No haber estado en situación de alta en el impuesto de actividades económicas ni haber ejercido una actividad económica por cuenta propia en el último año natural desde la fecha de solicitud.
Los Autónomos (empresarios individuales), que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad
- Tener domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
- Haberse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a lo largo del año 2022, sin haber estado en régimen de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural desde la fecha de solicitud.
Las sociedades Mercantiles, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
- La creación de la Sociedad Mercantil ha de haber tenido lugar en el año 2022.
No podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Cuantía de las subvenciones: Ayuda máxima 6.000,00 €
La puntuación obtenida por el proyecto determinará el importe máximo de la ayuda:
a) Solicitudes presentadas por personas físicas cuyo proyecto se desarrolle tanto en la fase de diseño como en la de validación:
— Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 4.000,00 €.
— Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 6.000,00 €.
b) Solicitudes presentadas por Autónomos (empresarios individuales) y sociedades mercantiles cuyo proyecto se desarrolle únicamente en la fase de validación:
— Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 2.000,00 €.
— Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 3.000,00 €.
Las subvenciones se concederán a los solicitantes cuyos proyectos hayan obtenido la puntuación mínima exigida a partir del primero de la lista y en orden descendente hasta agotar el crédito total disponible, por la combinación de los siguientes criterios:
— En cómputo global: 60 puntos
— En cada uno de los subapartados señalados en los criterios como a), b), c), d) y e): puntuación mínima
equivalente al 40 por 100 de los puntos correspondientes.
En el supuesto de que las solicitudes que hayan una puntuación superior a 60 puntos excedan la disponibilidad presupuestaria, el órgano instructor se reserva el derecho a minorarlas proporcionalmente hasta cubrir la cuantía prevista por esta convocatoria, a fin de que todas las solicitudes, siempre y cuando cumplan los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria y alcancen la valoración mínima, puedan resultar beneficiarias.
Plazo de solicitud: un primer plazo de 15 días naturales desde la publicación en el BOPA. Un segundo plazo de solicitud del 1 al 15 de septiembre de 2022.
Crédito presupuestario: 56.400 euros