Datos de la subvención
29/07/2022 a 11/08/2022
Ser centros especiales de empleo radicados en el Principado de Asturias (Ver apartado “Información adicional”), y estar inscritos y calificados como centros especiales de empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo a fecha de la solicitud.
Servicio de Programas de Empleo
Finalidad
Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar el coste salarial exclusivamente de los trabajadores discapacitados con especiales dificultades de empleabilidad, que tengan su puesto de trabajo en Centros Especiales de Empleo ubicados en el Principado de Asturias. La subvención ampara hasta el 10% del salario mínimo interprofesional de la citada plantilla.
Plazos de presentación
Desde 29/07/2022 00:00 hasta 11/08/2022 23:59
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
A través del Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace “Tramitación Registro Electrónico” de esta misma página.
A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor
Servicio de Programas de Empleo
Plazo de resolución
3 meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Alzada
Normativa básica
- Real Decreto 2087/l999, de 30 de diciembre se transfiere a la Administraci6n del Principado de Asturias la gesti6n de las programas de apoyo al empleo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, siendo encomendada la misma,segun lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, al Servicio Publico de Empleo.
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 31 de Julio de 2018 de la Consejería de Empleo, lndustria y Turismo por la que se aprueba las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el empleo de trabajadores con discapacidad en forma de subvenciones salariales dirigidas a empresas radicadas en el Principado de Asturias. BOPA 13 de agosto de 2018
- Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2022, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a los Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias, para trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad, de julio de 2021 a junio de 2022.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar
- Solicitud en modelo normalizado
- Copia del NIF de la empresa del centro especial de empleo solicitante subvención.
- Certificado o justificante acreditativo de la inscripción o mantenimiento de la inscripción del centro en el registro oficial como centro especial de empleo.
- Documento que acredite la representación
- Ficha de acreedores
- Relación de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad ordenada alfabéticamente por apellidos con especificación de la subvención que se solicita.
- Informe de aptitud del trabajador o en su defecto, descripción del puesto de trabajo para ser tramitado al órgano correspondiente.
- Cuestionario recogido en el Anexo I de los indicadores FSE de ejecución y resultados recogidos en el anexo I y II del Reglamento (UE) nº 1304/2013.
- Autorización firmada por el trabajador
- Informe de plantilla media de trabajadores de alta expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de los doce meses anteriores y del mes de contrato objeto de justificación, de todas las cuentas de cotización de la empresa en los centros de trabajo en Asturias de contratos posteriores al 10/07/2020.
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a “aportar cualquier otro documento que estimen conveniente”.