Datos de la subvención
05/07/2022 a 04/08/2022
Personas físicas y jurídicas de derecho privado, con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que cumplan los requisitos.
Servicio de Residuos y Economía Circular
Finalidad
Conceder ayudas económicas para apoyar a las PYMES en el cambio del modelo productivo hacia una economía circular, financiando parcialmente la detección, identificación y desarrollo de oportunidades para el logro de ese objetivo en el Principado de Asturias.
Plazos de presentación
Desde 05/07/2022 00:00 hasta 04/08/2022 23:59
Órgano gestor
Servicio de Residuos y Economía Circular
Plazo de resolución
Tres meses, a contar desde el día siguiente al de conclusión del plazo de presentación de solicitudes
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Recurso potestativo de reposición.
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
Información adicional
1. A los efectos de las presentes bases se considerará PYME la que se ajuste a la definición que de la misma determine en cada momento la Unión Europea. Actualmente está vigente la establecida por la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), que establece a estos efectos:
Categoría de empresa | Cálculo de plantilla | ||
Unidades de Trabajo Anual (UTA) | Volumen de negocios anual | Balance general anual | |
Mediana | <250 | <= 50 millones de € | <=43 millones de € |
Pequeña | <50 | <=10 millones de € | <=10 millones de € |
Microempresa | <10 | <=20 millones de € | <=2 millones de € |
El cómputo de los efectivos y límites señalados, en el caso de empresas asociadas o vinculadas, se efectuará tal y como se especifica en el anexo I de la Recomendación.
2. Las ayudas reguladas en las presentes bases están acogidas al régimen de mínimis, establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DO L 352 de 24-12-2013); en virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa determinada no será superior a 200.000 euros, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
La ayuda total de mínimis concedida a una empresa que opere en el sector del transporte por carretera no será superior a 100.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, salvo que también realice otras actividades en cuyo caso opera el límite de los 200.000 euros. Estos límites se aplicarán independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. Antes de la concesión de la ayuda, la empresa deberá aportar una declaración escrita, sobre cualquier ayuda de mínimis recibida o solicitada durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
3. El presupuesto que figure en la solicitud presentada tendrá carácter vinculante; siendo motivo de revocación total de la subvención concedida la realización de gastos relativos a la actuación subvencionada por un importe total subvencionable inferior al presupuestado en la solicitud.
4. La cuantía máxima de la subvención será del 70% de los gastos subvencionables (excluído el IVA), siempre que la cuantía resultante no exceda de 20.000 euros.
5.La realización de las actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de facturas y el abono de las mismas, debe estar comprendido en el periodo que va desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
INFORMACION COMPLEMENTARIA SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN LA CUENTA JUSTIFICATIVA:
La cuenta justificativa se presentará conforme al formulario normalizado recogido en la convocatoria y se acompañará del contenido recogido en las bases reguladoras y considerando la información complementaria que sigue:
Informe de resultados de proyecto:
1. Memoria técnica:
Deberá exponerse cuál ha sido el desarrollo del proyecto de acuerdo con las premisas planteadas en la memoria presentada con la solicitud de ayuda, objeto de subvención. Con carácter general, el contenido podrá seguir los siguientes puntos:
– Descripción de las actuaciones realizadas que contemple los objetivos alcanzados.
– Hitos o etapas ejecutadas, según plan de trabajo.
– Resultados previstos y resultados obtenidos.
En caso de que hubiese variaciones en la actuación finalmente ejecutada respecto a la inicialmente prevista que fue objeto de la subvención concedida, deberán reflejarse e indicar las causas justificativas de las mismas.
2. Análisis de las futuras líneas de trabajo derivadas de la actuación subvencionada:
Descripción de las propuestas de actuación concretas y cuantificadas económicamente que se formulan como resultado de la actuación subvencionada y previsión de los resultados ambientales de la aplicación de las mismas.
Memoria económica del proyecto:
1. Informe económico: deberá recoger el gasto realizado y financiación del proyecto, indicando los porcentajes de financiación propia, privada (con y sin exención de ayudas) y pública.
Se recogerá el coste de las actividades realizadas por conceptos subvencionables y deberá contener una descripción detallada y clara de los conceptos imputados relacionados con la relación de facturas presentada, haciendo referencia a su naturaleza, motivo de imputación y vinculación con el proyecto, así como información sobre la financiación del proyecto, indicando los porcentajes de financiación propia, privada (con y sin exención de ayudas) y pública.
2. Se utilizará la Relación de facturas según el formulario normalizado.
Justificantes de gasto y pago
Se aportarán las facturas originales, ordenadas según relación anterior aportada en la Memoria económica.
En relación a los gastos de personal se utilizará la Certificación de gastos de personal según el formulario normalizado.
Las nóminas y TC2 de los trabajadores en los meses vinculados al proyecto (original y copia para cotejar), se adjuntarán ordenados según la relación anterior.
Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad subvencionada con indicación de importe y procedencia
Deberán declararse cualquiera otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de tener cofinanciamiento aprobado, debe justificarse.
Para ello, se aportará la Declaración de otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto según el formulario normalizado.
Declaración de subcontratación de actividades con entidades vinculadas
La subcontratación con personas o entidades vinculadas deberá ser autorizada con carácter previo por el órgano competente para la concesión de la subvención, que en todo caso, será autorizada en los términos recogidos en el apartado 3 del punto resolutivo séptimo de las bases reguladoras.
Se utilizará el modelo Declaración de subcontratación de actividades con entidades vinculadas según el formulario normalizado.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar
- Solicitud normalizada que incluirá los datos y declaraciones responsables necesarios según las bases reguladoras y que se acompañará de la siguiente documentación:
- Memoria que debe incluir, como mínimo, el contenido recogido en las bases y convocatoria.
- Acreditación de las facultades de representación del firmante/s de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
- Copia del último recibo del impuesto sobre actividades económicas (IAE) o alta en el impuesto en caso de estar exentos del pago.
- Copia del último resumen anual del impuesto sobre el valor añadido (IVA) o, de ser el caso, copia de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por módulos, salvo que conste acogido al régimen especial de recargo por equivalencia, en cuyo caso quedará exento de presentar la declaración de IVA.
- Modelo de ficha de acreedores aprobado mediante Resolución de 2 de enero de 2014, de la Consejería de Hacienda y Sector Público (BOPA nº 11, .de 15 de enero de 2014) debidamente cumplimentado.
- Cuenta justificativa en modelo normalizado
- Informe de resultados del proyecto, que además de la memoria técnica incluye un análisis de líneas futuras del trabajo derivadas del proyecto.
- Memoria económica del proyecto, que incluye la relación detallada de los justificantes de gasto aportados.
- Justificantes de gasto.
- Justificantes de pago.
- Informe de variaciones en la actuación finalmente ejecutada.
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad subvencionada con indicación de importe y procedencia.
- Acreditación del cumplimiento de la obligación de dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad subvencionada mediante la inclusión de la imagen institucional del Principado de Asturias.
- Copia del contrato mediante el que se concreta la subcontratación.
- Declaración de subcontratación de actividades con entidades vinculadas.
- Documento acreditativo de la identidad de la persona/s firmante/s de la solicitud.
- Documento acreditativo del Número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- Poder Notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas.
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- En su caso, copia de la inscripción en el Registro Integrado Industrial.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a “aportar cualquier otro documento que estimen conveniente”