Datos de la subvención
22/06/2024 a 31/07/2024
Personas físicas o jurídicas que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca
SEKUENS
Finalidad
Las presentes bases tienen por objeto regular la ayuda dirigida a los autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) del Principado de Asturias, en la obtención de financiación destinada a la realización de proyectos empresariales, que suponga un crecimiento y/o mejora competitiva de la empresa, mediante la línea 1. Operaciones avaladas para la financiación de proyectos empresariales.
Plazos de presentación
Desde 22/06/2024 00:40 hasta 31/07/2024 14:00
Órgano gestor
SEKUENS
Beneficiarios
- Personas físicas (autónomos) o jurídicas (microempresas, pequeñas y medianas empresas), que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).
- Las PYMES deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral, en ambos casos a tiempo completo o equivalente (se entenderá que un socio tiene relación laboral con la sociedad cuando sea retribuido mediante nómina o documento similar no sujeto al impuesto sobre el valor añadido)
- Los autónomos deberán contar con uno o más empleados a tiempo completo o equivalente, computando como empleado el propio autónomo.
- Quedan excluidas expresamente, las comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones, empresas en crisis, entre otras.
- Asímismo, deberán tener sede social o establecimiento de producción en el Principado de Asturias.
Información adicional
1.- Los costes subvencionables con cargo a esta convocatoria serán los costes de apertura y los costes del riesgo vivo de la operación.
2.- La cuantía de la ayuda será la siguiente:
Coste de apertura de la operación de aval, hasta un máximo del 0,5%
Coste del riesgo vivo de la operación de aval, hasta un máximo del 1,5 % anual del riesgo vivo durante los años de vigencia de la operación financiera, y se determinara o, siempre que este no supere el importe máximo de la operación del préstamo.
En todo caso, al tratarse de una ayuda sujeta al régimén de mínimis, la cuantía nunca podrá ser tal que supere el límite de 300.000 € en un periodo de tres ejercicios fiscales.
Documentos a presentar
Proyectos de liquidez
Proyectos de inversión