Datos de la subvención
29/11/2023 a 14/12/2023
Personas físicas o jurídicas que inicien una actividad productiva en el término municipal de Parres desde el 1 de enero del año de la convocatoria
Ayuntamiento de Parres
Finalidad
Otorgar subvenciones destinadas a promover la actividad emprendedora, es decir, el inicio de actividades productivas de lo que es consecuencia, a su vez, una actividad de fomento del empleo. Estas actividades productivas cabe considerarlas en su sentido más amplio e incluirán todos los sectores económicos: agricultura, industria, construcción y servicios (comercio, turismo, hostelería, etc.) y, en general, cualquier actuación que promueva el desarrollo local.
Plazos de presentación
Desde 29/11/2023 00:01 hasta 14/12/2023 23:59
Órgano gestor
Ayuntamiento de Parres
Beneficiarios
A efectos de lo dispuesto en esta convocatoria y en las bases reguladoras, tendrán la consideración de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas, en su caso, demás entidades con personalidad jurídica propia que inicien una actividad productiva en el término municipal de Parres desde el 1 de enero del año de convocatoria y cumplan los requisitos exigidos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria. Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, sociedad civil o sociedad de capital, podrán ser beneficiarios siempre y cuando soliciten la subvención a título personal y con el límite de dos socios o comuneros. Requisitos de las personas beneficiarias:
Con carácter general y/o subjetivo:
— No incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
— Personas desempleadas que hayan iniciado o que, pudiendo probarse, inicien una actividad económica o profesional por cuenta propia durante el ejercicio 2023 en el municipio de Parres.
Con carácter particular y/o objetivo:
— Iniciar un proyecto empresarial, como titular o cotitular y causar alta en el IAE, durante el año de convocatoria en el término municipal de Parres.
— Que el proyecto empresarial cuente con un plan de empresa que explique la idea del mismo, su financiación, refleje la situación inicial, una proyección de al menos tres años, y que la valoración final sea la de ser viable.
— Que, durante el año de la convocatoria, causen alta inicial o que, no encontrándose en situación de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria, procedan a afiliarse en él, si procede.
— Que el proyecto empresarial no sea la continuación o cambio de denominación social de otro ya iniciado y en activo por las mismas personas, sus representantes o sus representados.
— Que el centro de trabajo, establecimiento abierto al público o domicilio fiscal en caso de actividades que no precisen de centro específico para su desarrollo, se sitúe en el concejo de Parres.
Los requisitos exigidos en la presente convocatoria y en las bases reguladoras, así como los méritos a que se refiere la base 10.ª, se tienen que acreditar a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Caso que la persona solicitante sea una empresa o entidad con personalidad jurídica propia, la totalidad de las personas integrantes de la misma deben cumplir los requisitos previstos en la letra a) del punto 2.2 y en los apartados 3 y 4 de la letra b) del punto 2.2 de las bases reguladoras.
Información adicional
Cuantía
El importe que se reserva para esta convocatoria es de 10.000 € con cargo a la partida presupuestaria 430/47902.