Publicadas en el BOE las bases reguladoras para las ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo

Desde ASATA se informará una vez se abra el periodo de solicitud, principios de 2023.A partir del cual habrá un plazo a computar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

El 14 de diciembre de 2022 se han publicado en el BOE las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el periodo 2022-2027. (Orden TED/1240/2022).

Podrán beneficiarse de dicha ayuda:

  • Las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas
  • Comunidades de bienes
  • Trabajadores autónomos

 

¿En qué consiste la ayuda?

Ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el período 2022-2027.

 

¿Ámbito de aplicación?

Municipios de los Convenios de transición Justa

 

¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?

Los proyectos de inversión:

  • Deben de desarrollarse en zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, generando actividades alternativas en dicha zona
  • Han de generar empleo

 

¿Qué requisitos se deben cumplir?

  • La inversión mínima es de 100.000 euros
  • Creación de como mínimo tres puestos de trabajo entre la solicitud de la ayuda y la fecha que se establezca en la concesión y mantener durante tres años
  • Localización en los Municipios de los Convenios de transición Justa

 

Financiación

Inversión de 100.000 euros. Límites máximos de intensidad de ayuda establecida por el Mapa de Ayudas Regionales para España.

 

¿Qué conceptos/gastos son subvencionables?

  • Adquisición de terrenos para la implantación del proyecto
  • Traídas y acometidas de servicios
  • Urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades de proyecto
  • Obra civil. Según lo establecido en la convocatoria
  • Adquisición de bienes de equipo, excepto elementos de transporte exterior, salvo vehículos especiales
  • Inversión en activos fijos materiales, la convocatoria establecerá unos topes máximos o módulos
  • Activos inmateriales, siempre que estén vinculados a la producción y se encuentren asociados al proyecto. Deberán cumplir los siguientes requisitos:
      • Serán explotados por el establecimiento beneficiario de la ayuda
      • Serán elementos amortizables
      • Serán adquiridos a un tercero en condiciones de mercado
      • Figurarán en el activo de la empresa
      • En el caso de grandes empresas, los costes de los activos inmateriales, serán subvencionados hasta un 50% de total de los costes.

 

 

¿Cuáles serían mis obligaciones?

  • Mantener el nivel de empleo existente en la empresa desde la fecha de solicitud de la ayuda, hasta al menos los tres años siguientes a la fecha máxima para la finalización de las inversiones
  • La inversión subvencionable deberá mantenerse durante un mínimo de 5 años y de 3 si se trata de una pyme