Finalidad
Proyectos de organización, promoción y difusión de actividades de carácter social encaminadas a prevenir situación de vulnerabilidad y desigualdad y que promocionen la participación, así como el fomento de actividades de convivencia e integración, y la realización de actividades socioculturales para las personas mayores y otros colectivos de atención. En todas esas actividades deberá tener un interés público y directo el Ayuntamiento de Llanes.
Plazos de presentación
Desde 18/10/2023 00:12 hasta 30/10/2023 23:59
Órgano gestor
Ayuntamiento de Llanes
Beneficiarios
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
Información adicional
Cuantía
La cuantía máxima para esta convocatoria es de 23.000,00 €.
— Línea I: proyectos que promuevan la promoción e integración de las personas/grupos, la cuantía es de hasta un máximo de 10.000,00 €.
— Línea II: proyectos que promuevan la investigación y lucha contra el cáncer la cuantía máxima es hasta un máximo de 3.000 €.
— Línea III: proyectos destinados a la realización de iniciativas de tipo sociocultural para las personas mayores, la cuantía máxima es hasta un máximo de 4.000 €.
— Línea IV: programas de ayuda humanitaria y de protección de derechos humanos y libertades fundamentales con proyección en países más desfavorecidos. La cuantía máxima es hasta un máximo de 6.000 €.
Documentos a presentar
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación, según modelo normalizado
b) Fotocopia del CIF de la entidad, y del NIF de su representante
c) Ficha técnica relativa al registro municipal de la entidad
e) Ficha del detalle del proyecto para el que se solicita la subvención. Si se presentan varios proyectos a subvencionar, deberá cumplimentarse la misma información para cada proyecto de forma individualizada.
Las solicitudes, así como la documentación complementaria a presentar, se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Llanes y se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Llanes, sito en la calle Nemesio Sobrino, s/n. Tendrán los mismos efectos que la entrada en el citado Registro, la remisión de solicitudes por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La realización de las actividades para las que se haya concedido la subvención se justificará hasta el 1 de diciembre de 2023. Acreditada la realización de los gastos subvencionados, se procederá al abono de la ayuda de una sola vez.