Datos de la subvención
30/05/2024 a 18/06/2024
Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el municipio
Ayuntamiento de Gijón
Finalidad
El impulso y apoyo a la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de proyectos que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del municipio de Gijón, para el desarrollo de actuaciones que permitan alcanzar progresivamente los objetivos estratégicos establecidos en materia de promoción económica, innovación, consolidación y crecimiento y ser el elemento facilitador que desarrolle y atraiga talento y contribuya a la dinamización de la actividad económica local, como base del crecimiento previsto para Gijón, un crecimiento inteligente, sostenible y saludable, así como un efecto potenciador del bienestar social.
Plazos de presentación
Desde 30/05/2024 00:00 hasta 18/06/2024 23:59
Plazo de presentación de las solicitudes
Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes para cada una de las líneas:
— Primer plazo.—20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOPA.
— Segundo plazo.—Del 1 al 20 de septiembre de 2024.
Órgano gestor
Ayuntamiento de Gijón
Beneficiarios
Línea I. Aceleración de proyectos.
— Las personas físicas mayores de edad, empadronadas en Gijón, que no hayan ejercido una actividad económica por cuenta propia en el último año natural desde la fecha de solicitud.
— Los trabajadores autónomos/as (empresarios individuales) mayores de edad, con domicilio social y centro de trabajo en el municipio de Gijón, que se hayan dado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural desde la fecha de solicitud. Para los proyectos iniciados entre el 21 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023 tienen que haberse dado de alta dentro del período comprendido entre dichas fechas sin haber estado de alta en el mismo régimen al menos en el último año natural antes de dicho período.
— Las empresas que tengan domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón. La fecha de primera alta censal ha de haber tenido lugar en el año 2024 o para los proyectos iniciados entre el 21 de septiembre y el 31 de diciembre de 2023, la fecha de primera alta censal ha de haber tenido lugar en dicho período.
Línea II. Innovación abierta.
— Los trabajadores autónomos/as (empresarios individuales), micropymes y pequeñas empresas exclusivamente con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
— Si bien únicamente podrán ser beneficiarios autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas, los proyectos deberán contar necesariamente con la participación de al menos una empresa tractora, habiendo de entender por tales aquellas medianas y grandes empresas consolidadas que, por su posicionamiento en su actividad, actúen como cabezas tractoras para el desarrollo de servicios o actividades tecnológicas de valor añadido y resulten de interés para el arrastre de la actividad innovadora.
Información adicional
Baremo y cuantía de las subvenciones:
Línea I. Aceleración de proyectos.
Los proyectos deberán de alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, en base a los criterios establecidos.
La puntuación obtenida por el proyecto determinará el importe máximo de la ayuda:
Solicitudes presentadas por personas físicas cuyo proyecto se desarrolle tanto en la fase de diseño como en la de validación:
• Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 4.000 euros.
• Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 6.000 euros.
Solicitudes presentadas por autónomos (empresarios/as individuales) y empresas cuyo proyecto se desarrolle únicamente en la fase de validación:
• Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 2.000 euros.
• Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 3.000 euros.
Línea II. Innovación abierta
Los proyectos deberán de alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención, en base a los criterios establecidos.
La puntuación obtenida por el proyecto determinará la intensidad de la ayuda:
• De 60 a 79 puntos – La intensidad de la ayuda será del 75% del presupuesto elegible.
• De 80 a 100 puntos – La intensidad de la ayuda será del 80% del presupuesto elegible.
En el caso de proyectos presentados por autónomos y micropymes, la intensidad de la ayuda se incrementará un 5%.
Los beneficiarios/as deberán aportar a través de otras fuentes de financiación la cuantía restante.
La ayuda máxima concedida por proyecto será de 34.000 euros. En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a 40.000 euros.