![Subvención para la realización de programas internos de las organizaciones en materia de formación y atención a mujeres vulnerables](https://asata.es/wp-content/uploads/2023/06/subvencion-a-asociaciones-de-mujeres-y-otras-entidades-para-la-realizacion-de-programas-de-formacion-internos-de-las-organizaciones-y-de-atencion-directa-a-mujeres-de-colectivos-vulnerables-relacionados--1024x522.jpg)
Datos de la subvención
07/06/2023 a 27/06/2023
Asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro así como entidades, asociaciones, fundaciones y ongs sin ánimo de lucro y que trabajen por la igualdad entre mujeres y hombres y org. sindicales que cuenten con estructuras de participación para las mujeres
Servicio del Instituto Asturiano de la Mujer
Finalidad
Obtener ayudas económicas para realizar programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres y de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica y programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
Plazos de presentación
Desde 07/06/2023 00:04 hasta 27/06/2023 23:59
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
– En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
– A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
– En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor
Servicio del Instituto Asturiano de la Mujer
Plazo de resolución
3 meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Potestativo de reposición
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
Beneficiarios
— Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro y las federaciones de asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y de la igualdad, que realicen sus actuaciones en la Comunidad Autónoma y que estén inscritas en el correspondiente registro del Principado de Asturias.
— Entidades, asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que carezcan de ánimo de lucro y que trabajen por la igualdad entre mujeres y hombres y las organizaciones sindicales que cuenten con estructuras o departamentos de participación para las mujeres, siempre y cuando todas ellas desarrollen su actividad en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Información adicional
Exclusiones
- Si una federación de asociaciones solicita esta ayuda, no podrán optar también a dicha ayuda las asociaciones que formen parte de la federación solicitante.
Líneas de actuación
Importe | |
Línea 2. Destinada a la realización de programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres, así como de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica. | 123.520 € |
Línea 3. Destinada a programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad. | 290.000 € |
Actividades subvencionadas
- Programas de formación internos en materia de igualdad entre mujeres y hombres. (Línea 2)
- Actividades de formación en otras disciplinas que mejoren la capacidad de las organizaciones de participación social dirigidas a la igualdad entre mujeres y hombres y la lucha contra la violencia económica. (Línea 2)
- Programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad. (Línea 3)
Actividades excluidas
- Talleres o cursos aislados sin formar parte de una estrategia dirigida a la igualdad de oportunidades.
- Excursiones, viajes culturales y cursos de idiomas.
- Adquisición de equipamiento de cualquier tipo con cargo a esta subvención.
Cuantía máxima
La cuantía máxima por entidad beneficiaria será de:
- 20.000 € para la realización de programas de formación internos de las organizaciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres así como de aquellas disciplinas que mejoren su capacidad de incidencia en la participación social para trabajar el desarrollo del principio de igualdad y frente a la violencia económica.
- 25.000 € para la realización de programas de atención directa a mujeres de colectivos vulnerables, acompañados de personal y proyectos especializados y realizados bajo el principio de igualdad.
Ficha de acreedor
La ficha de acreedor puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedor
Documentos a presentar
- Solicitud en modelo normalizado
- Anexo II. Proyecto de actividades
- Ficha de acreedor.
- Documento acreditativo de la representante legal de la entidad para actuar en nombre y representación de la misma
- Estatutos de la entidad actualizados a fecha de la presentación de la solicitud.
- Copia de la resolución de inscripción en el registro correspondiente, excepto en el caso de asociaciones de mujeres cuya comprobación la realizará directamente el Instituto Asturiano de la Mujer en el Registro General de Asociaciones del Principado de Asturias
- Anexo III. Memoria justificativa.
- Anexo IV. Relación clasificada de gastos del proyecto.
- Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante legal de la asociación o entidad.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- En caso de representación por poder notarial: copia simple de poder notarial
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a “aportar cualquier otro documento que estimen conveniente”