Real Decreto- ley 3/2022: Medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera

Publicado el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.

Dicha norma trata de hacer frente a los diferentes problemas que afectan al sector, como puede ser la falta de conductores profesionales, debido en parte a las duras condiciones de trabajo que, por otra parte, dificulta la incorporación de mujeres. El fuerte incremento del precio del combustible y la estructura empresarial del sector, así como la creciente competencia desleal por parte de las denominadas «empresas buzón», condiciona la capacidad de negociación con los clientes.

Asimismo, establece que los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de masa máxima autorizada no podrán participar en las operaciones de carga o descarga, salvo en los supuestos establecidos, entre ellos, el transporte de mudanzas y guardamuebles.

Para una mayor transparencia contractual, se refuerza la posición del porteador para deshacer la presunción legal de que la responsabilidad de la carga y descarga corresponde, con carácter general, al cargador y destinatario; se prevé expresamente que esta actividad debe remunerarse con carácter independiente del precio del transporte y se exige la especificación de esta contraprestación en la factura, cuando se lleve a cabo por el porteador.

Además, se establece como obligatoria la revisión del precio del transporte como consecuencia de la variación del precio del combustible entre el momento de la contratación y el de la efectiva realización del transporte. Se fija el umbral del 5% a partir del cual es exigible dicha revisión.

Finalmente, el real decreto-ley establece el mandato de acordar un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación del Transporte de Mercancías, un Registro de las entidades adheridas y un estándar para certificar las zonas de carga y descarga, con el fin de crear entornos eficientes, seguros y con los servicios imprescindibles para sus usuarios, especialmente para los conductores profesionales.

 

Se pueden consultar las disposiciones generales publicadas en el BOE en el siguiente enlace: https://asata.es/wp-content/uploads/2022/05/BOE-A-2022-3290.pdf