La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la tributación de las ayudas covid no afectará a quienes ya se han beneficiado de deducciones

El fallo, comunicado al Principado en las últimas horas, no tendrá por tanto carácter retroactivo

El Tribunal Constitucional (TC) ya ha comunicado al Gobierno de Asturias la sentencia por la que se declararon inconstitucionales las deducciones asociadas a las ayudas covid autonómicas recogidas en los presupuestos generales del Principado del año pasado. Tras un primer análisis, de la orientación del fallo se desprende que aquellos contribuyentes que ya se beneficiaron de la deducción no se verán afectados por la nulidad; es decir, que la sentencia no tiene carácter retroactivo.

A pesar del sentido de la sentencia, que el Ejecutivo autonómico acata, el Principado mantiene que la medida se puso en marcha con la finalidad de favorecer al contribuyente, de manera excepcional y vinculada a la pandemia.