Datos de la subvención
15/09/2023 a 29/09/2023
Están dirigidos a entidades sociales sin fines lucrativos legalmente constituidas e inscritas, universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como las entidades que integran la economía social según lo dispuesto por la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Finalidad
La finalidad de los premios es la de estimular y reconocer la trayectoria, dedicación y contribución de iniciativas y prácticas de entidades sociales, académicas y de la economía social a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 en España y en el mundo
Plazos de presentación
Desde 15/09/2023 09:06 hasta 29/09/2023 23:59
Presentación
La solicitud de participación en la convocatoria deberá formalizarse en el modelo que figura en el anexo I de esta resolución, el cual está disponible en la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, al igual que los otros anexos que se citan en esta resolución.
Ésta deberá ser presentada por la entidad pública o privada que solicite, a favor de terceros, la candidatura de la entidad propuesta para el premio, para lo que es imprescindible tener un certificado electrónico. Las candidaturas deberán ser presentadas en favor de un tercero que reúna alguno de los requisitos señalados en el apartado cuarto, siendo motivo de exclusión el incumplimiento de los mismos
Órgano gestor
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Plazo de resolución
Seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el BOE
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Beneficiarios
Los Premios Activistas por el futuro: una España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y buenas prácticas para la aplicación de la Agenda 2030 están dirigidos a entidades sociales sin fines lucrativos legalmente constituidas e inscritas, universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como las entidades que integran la economía social según lo dispuesto por la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social
Información adicional
Categorías
Se concederán dos premios en cada una de las categorías recogidas en las bases reguladoras de concesión de los premios:
a) Pobreza y desigualdades en todas sus formas: Reconocimiento a las iniciativas que promueven la erradicación de la pobreza y la reducción de las desigualdades en todas sus formas
b) Transición ecológica justa: Reconocimiento a las iniciativas que impulsan procesos de cambio social, así como en el modelo productivo para lograr un desarrollo sostenible
c) Brecha de géneros y discriminación cero: reconocimiento a las iniciativas dirigidas a remover las barreras estructurales que originan discriminaciones y desigualdades para garantizar la igualdad de género y una vida libre de violencia y discriminación.
d) Territorios sostenibles: Reconocimiento a las iniciativas dirigidas a garantizar un medio rural con iguales derechos y oportunidades
Créditos presupuestarios y cuantía de los premios convocados
1. Los premios otorgados con arreglo a lo dispuesto en las bases reguladoras de concesión, así como en la presente convocatoria, se sufragarán con los créditos presupuestarios de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para el ejercicio 2023, en concreto la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.481, por una cuantía máxima de doscientos mil euros (200.000 €)
2. Por cada categoría se concederán dos premios con aportación en metálico, distribuidos de la siguiente manera:
a) Un primer premio que tendrá una dotación de treinta mil euros (30.000 €) cada uno
b) Un segundo premio que tendrá una dotación de veinte mil euros (20.000 €) cada uno
3. Los premios podrán declararse desiertos en algunas de las categorías señaladas en el apartado segundo si se considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonadas
4. La concesión de estos premios queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario
Documentos a presentar
Cada entidad sólo podrá proponer una candidatura en una de las cuatro categorías recogidas en el apartado segundo.
En virtud de los artículos 5.4 y 7 de las bases reguladoras, la documentación que deberá acompañarse a la solicitud y que, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.5, párrafo segundo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberá presentarse de manera electrónica es la siguiente:
a) Una memoria en la que se hará constar los motivos que fundamentan la candidatura que se presenta y a la que se da su respaldo, la iniciativa concreta realizada por la entidad candidata por la que se opta a uno de los premios previstos en el apartado segundo y los motivos por los que la actuación se considera innovadora, replicable, junto con el impacto positivo de dicha actuación
b) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada que postula la candidatura, mediante certificado del registro en el que se encuentren válidamente inscritas y que acredite su personalidad jurídica y vigencia actual
c) Documento en el que la entidad candidata al premio presta su consentimiento para que la entidad pública o privada presente su candidatura a los Premios: una España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y buenas prácticas para la aplicación de la Agenda 2030 (anexo II)
d) Estatutos debidamente legalizados de la entidad u organización candidata a ser premiada y documento acreditativo de su inscripción en el Registro correspondiente
No estarán obligadas a presentar aquellos documentos que ya obren en poder de la Administración o que hayan sido elaborados por esta, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En tal caso se hará constar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Excepcionalmente, si la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030 no pudiera recabar los documentos, podrá solicitar nuevamente a la entidad solicitante su aportación.