Datos de la subvención
19/01/2022 a 31/08/2022
Personas autónomas y microempresas que reúnan los siguientes requisitos.
Dirección General de Comercio, Emprendimiento y Economía Social
Finalidad
El objetivo de las ayudas es favorecer la creación y sostenimiento del empleo mediante la concesión de una cuantía fija a personas que presenten proyectos tanto de creación de nuevas empresas como de consolidación de negocios que ya estén en funcionamiento.
Plazos de presentación
Desde 19/01/2022 00:00 hasta 31/08/2022 23:59
Presentación
De conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico (con el código de solicitud AYUD0396T01) disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección: https://sede.asturias.es/
Órgano gestor
Dirección General de Comercio, Emprendimiento y Economía Social
Plazo de resolución
6 meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Potestativo de reposición
Normativa básica
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
Información adicional
Beneficiarios:
1. Para los proyectos de nueva creación
a) Las personas autónomas deben causar alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022.
b) No haber ejercido la misma actividad como persona autónoma o por cuenta propia durante los seis meses inmediatamente anteriores al alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. A estos efectos se comprobará en la vida laboral la coincidencia del código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) en los tres primeros dígitos de las actividades económicas declaradas.
c) Las personas jurídicas, comunidad de bienes y sociedades civiles deben haber causado alta en el IAE entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022.
d) Informe de cierre del proyecto empresarial, emitido con anterioridad a la presentación de la solicitud, a través de la plataforma CREA por un Centro de Empresa Público que forme parte de la Asociación de Centros de Empresas Públicos del Principado de Asturias (ACEPPA) o por la Fundación para el Fomento de la Economía Social (FFES).
e) Alta del proyecto en la plataforma CREA, con anterioridad al inicio de la actividad.
2. Para los proyectos de consolidación
Entendiendo por consolidación los proyectos presentados por las personas autónomas y jurídicas que tengan por objeto afianzar su actividad, para lo cual requieran de un asesoramiento a través de un Diagnostico de la situación: Análisis de los distintos apartados del plan (mercado, redes sociales, competencia, análisis de rentabilidad del modelo de negocio) a través de la plataforma CREA.
a) Llevar ejerciendo la actividad, en el caso de las personas autónomas en el régimen correspondiente de alta en el RETA y en el caso de las personas jurídicas, comunidades bienes, sociedades civiles alta en el IAE, durante un mínimo de seis meses con anterioridad al 18 de enero de 2022.
b) Informe de cierre del proyecto empresarial, emitido con anterioridad a la presentación de la solicitud, a través de la plataforma CREA por un Centro de Empresa Público que forme parte de la Asociación de Centros de Empresas Públicos del Principado de Asturias (ACEPPA) o por la Fundación para el Fomento de la Economía Social (FFES).
Exclusiones:
No podrán tener la condición de beneficiarios/as las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación, ni las que formen parte de una comunidad de bienes, sociedad civil, así como las que sean socias o miembros de órganos de entidades con personalidad jurídica (sociedades de capital, sociedades cooperativas, sociedades civiles, etc).
Cuantía:
La cuantía de la subvención será un importe fijo de 4.000 por beneficiario.
Nivel de identificación del solicitante
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar
- Declaración responsable de adecuación al principio de “.no causar perjuicio significativo” en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el mecanismo de recuperación y resiliencia.
- Compromiso escrito sobre la concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, el Tribunal de Cuentas Europeo, la fiscalía europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias de control, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 129.1 del Reglamento (UE, EURATOM) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 («reglamento financiero»).
- Documentación acreditativa de la representación (Deberá aportarse siempre que la representación no se acredite a través de un poder notarial o si el poder notarial no dispone de Código Seguro de Verificación-CSV o disponiendo de éste se haya ejercido el derecho de oposición a su consulta)
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
- Poder Notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Certificado acreditativo del domicilio fiscal.
- Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Informe de vida laboral del solicitante.
- Declaración responsable sobre las ayudas recibidas en relación con el límite de régimen de mínimis.
- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de subvenciones y ayudas.
- Declaración responsable sobre concesiones de otras subvenciones y ayudas.
- Informe de cierre del proyecto empresarial emitido a través de la plataforma CREA
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a “aportar cualquier otro documento que estimen conveniente”
Documentación relacionada
01. Anexo Compromiso
02. Anexo Declaración responsable