La Orden TES/869/2023, de 22 de julio, tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos en materia de Economía Social, financiados por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En este sentido, la orden se enmarca en el proyecto estratégico para la recuperación y la transformación económica (en adelante, PERTE) de la Economía Social y de los Cuidados.
El impacto económico y social derivado de la crisis sanitaria generada por la COVID-19 hizo necesario impulsar la recuperación y reactivación de todos los sectores económicos. A raíz de dicha situación, se aprobó la puesta en marcha del Instrumento Europeo de Recuperación (en adelante, MRR) financiado con el fondo Next Generation EU.
Con base en lo anterior, el Gobierno de España elaboró el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR) con diez palancas alineadas con los objetivos del MRR. Este Plan se constituyó como una primera fase, concentrada en el periodo 2021-2023, hacia la recuperación y modernización de la economía española, previéndose la movilización posterior de los recursos adicionales que España tiene asignados en el marco del MRR.
El desarrollo de este Plan integral de Impulso a la Economía Social se lleva a cabo fundamentalmente, mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva. Para ello, se prevén inversiones en sectores estratégicos tales como la economía social y de los cuidados, junto con reformas como las orientadas a mejorar la inserción laboral e impulsar la cualificación y recualificación de los trabajadores.
Con base a ello, se integra la orden TES/1233/2022 de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que seguirá rigiendo para las ayudas convocadas antes de la entrada en vigor de esta disposición. Específicamente, los objetivos de los proyectos buscan impulsar, potenciar y reforzar este sector mediante actuaciones encaminadas a:
A) Generar y mantener el empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la economía social.
B) Crear y consolidar las entidades de la economía social con carácter innovador.
C) Apoyar la modernización tecnológica de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.
D) Promocionar las redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.
E) Impulsar las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la economía social y de colectivos en situación de vulnerabilidad.
Las actuaciones previstas en estas bases dan cumplimiento al principio horizontal de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, con el fin de reducir las brechas existentes. No obstante, en lo que a esta orden de bases se refiere, si bien se promoverán actuaciones dirigidas a promover la sostenibilidad y la digitalización, se exceptúa la necesidad de su incorporación. Por otro lado, en la elaboración y tramitación de esta orden se ha tenido en cuenta que deberá asegurarse el cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo», de forma que las entidades beneficiarias garantizarán el pleno cumplimiento de dicho principio, en todas las fases del diseño y ejecución de los proyectos y de manera individual para cada actuación.